El 1 de enero de 2016 entró en vigor la Ley 35/2015, de reforma del sistema para la valoración de los daños y perjuicios causados a las personas en accidentes de circulación, la cual también es utilizada como base para la regulación de las indemnizaciones por accidente o fallecimiento laboral.


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¿Qué ha cambiado?
La nueva Ley se adapta a los baremos de la Unión Europea y establece importes para indemnizaciones superiores a los contratados actualmente en la mayoría de las pólizas de Responsabilidad Civil.

¿A mi en qué me afecta?
Supongamos que alguno de nuestros trabajadores sufre un accidente laboral grave y que el juez dictamina que la empresa tiene que abonar una indemnización de 500.000€. Si nuestra póliza de Responsabilidad Civil por la garantía de responsabilidad civil patronal sólo tiene cobertura hasta 150.000€, los 350.000€ restantes los tendría que abonar la propia empresa y si ésta no tiene fondos suficientes, sus propietarios.
Si esta situación le ocurriese a una micropyme o a un autónomo del sector de la construcción o similar, seguramente supondría una pérdida patrimonial tan importante que podría derivar en el cese de la actividad.

¿Cómo puedo prevenir estas situaciones?
En primer lugar, asegurando el cumplimiento de la legislación en materia de prevención de riesgos laborales y, en segundo lugar, revisando e incrementando las coberturas del seguro de Responsabilidad Civil de acuerdo con los nuevos baremos.

Si tu compañía te pide unos precios desproporcionados por este cambio, contacta con nosotros y te sorprenderá lo fácil y económico que es estar bien cubierto.

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